| ¿Qué debo hacer para solicitar una Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil? |
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Paso 1. Antes de tramitar una licencia de funcionamiento o apertura de cualquier local público o establecimiento comercial, o una autorización para espectáculo público ante la autoridad local, se debe solicitar a las Oficinas de Defensa Civil de los municipios o a las Direcciones Regionales de Defensa Civil del INDECI la correspondiente Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil (ITSDC), la misma que de ser favorable determinará la emisión del Certificado de Seguridad en Defensa Civil. Paso 2. El interesado debe acudir a la Oficina de Defensa Civil de la Municipalidad donde se encuentra ubicado el establecimiento, a fin de solicitar información sobre el tipo de ITSDC que se debe realizar. Si corresponde una ITSDC Básica, la solicitud se presenta en la misma Oficina de Defensa Civil municipal. Si se trata de una ITSDC de Detalle, la ejecución corresponderá a la Dirección Regional de Defensa Civil de la jurisdicción. Paso 3. Luego se debe abonar la tasa correspondiente en la cuenta del Banco de la Nación del órgano que ejecutará la ITSDC, adjuntar la documentación necesaria para iniciar el procedimiento y llenar el formulario oficial de Solicitud de ITSDC. |
| ¿Quiénes ejecutan las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil? |
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Las realizan los Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil, quienes son técnicos y/o profesionales colegiados de las diversas ramas de ingeniería, arquitectura y seguridad, que habiendo aprobado el curso de capacitación para Inspectores de Seguridad en Defensa Civil, son autorizados mediante Resolución Jefatural, acreditados e inscritos en el Registro de Inspectores Técnicos del INDECI (disponible en la página web www.indeci.gob.pe). Los Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil y los profesionales autorizados que en el procedimiento de la Inspección Técnica incurran en actos dolosos o que infrinjan las normas legales y administrativas, serán pasibles de acciones civiles y/o penales a que hubiere lugar. Si se trata de funcionarios y empleados públicos que no estén autorizados también serán pasibles de las acciones administrativas que correspondan. De acuerdo a lo establecido en el D.S. Nº 013-2000-PCM, los órganos que ejecutan Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil deben informar semestralmente al INDECI las faltas que cometan los Inspectores Técnicos autorizados, a fin que se registren como antecedentes para determinar si se les renueva o no la autorización. Si la falta la comete un profesional colegiado, será comunicada al Colegio Profesional correspondiente. |
| ¿Cuánto dura una Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil? |
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El procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil se inicia con la entrega de la solicitud oficial adjuntado los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del órgano ejecutante, luego de lo cual se convoca al Grupo de Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil autorizados por el INDECI. El TUPA del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2005-PCM establece los procedimientos de las Inspecciones Técnicas Básicas, de Detalle y Multidisciplinarias. Las Municipalidades Provinciales y Distritales, así como los Gobiernos Regionales deben adecuar su TUPA dentro de los parámetros establecidos en el artículo 15º del D.S. Nº 013-2000-PCM, modificado por el D.S. Nº 074-2005-PCM. El tiempo máximo para emitir el Informe de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil, según el tipo, es como sigue:
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| ¿Cuál es la vigencia de las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil? |
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Las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil contemplan la emisión de un Informe Técnico, que de resultar favorable permitirá la expedición del Certificado de Seguridad en Defensa Civil. El Certificado de Seguridad en Defensa Civil tiene vigencia de dos (2) años, a excepción de las Inspecciones Técnicas Previas a Espectáculos Públicos, en cuyo caso la vigencia del Certificado será la misma que la duración del evento o temporada. El Certificado de Seguridad en Defensa Civil perderá su vigencia, de verificarse la ejecución de remodelaciones, ampliaciones, modificaciones, cambio de uso y/o giro en el objeto de inspección o cualquier otra alteración que implique variación de las condiciones de seguridad. En estos casos, se deberá solicitar una nueva Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil. |
| ¿Cuándo se realizan las Inspecciones Técnicas Previas a Espectáculos Públicos? |
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Para la realización de espectáculos públicos, los organizadores deben solicitar la ejecución de la Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil con una anticipación de siete días útiles. Para espectáculos públicos con asistencia de hasta 3000 personas, el interesado debe acudir a la Oficina de Defensa Civil de la Municipalidad donde se encuentra ubicado el establecimiento. Para espectáculos públicos que congreguen a más de 3000 personas, el interesado deberá acudir a la Dirección Regional de Defensa Civil del INDECI de la jurisdicción. En ambos casos, es requisito que el local o instalación donde se realice el espectáculo público cuente con el Certificado de Seguridad en Defensa Civil bianual. En el caso espectáculos públicos deportivos y no deportivos que se realicen en establecimientos que correspondan a las características estructurales y funcionales para las cuales fueron diseñados, por ejemplo, partidos de fútbol en un estadio, corridas de toros en una plaza o coso, sólo se ejecutará una Visita de Inspección de Defensa Civil con la finalidad de verificar que se mantengan las condiciones de seguridad en Defensa Civil. |